Espada Sarrias, Jesús
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Espada Sarrias, Jesús
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Sexo
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Hombre
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Lugar de nacimiento
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Hellín (Albacete)
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Organizaciones de militancia
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UGT
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Albacete
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Nº causa/s
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3346-39
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Imputación delito
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Adhesión a la rebelión
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Sentencia
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Muerte-conmutada
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Ejecución
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No
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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20 años y 1 día de reclusión mayor
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Indulto
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Sí
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Fecha indulto
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28 julio 1947
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14852/15
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Portal de víctimas de la dictadura en Castilla-La Mancha
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Archivo Militar de Guadalajara. Sección: Muerte, Caja 77, Expediente 5770
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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Miliciano en los primeros días de la guerra, prestando servicio de patrulla y vigilancia, se incorporó más tarde al ejército republicano. Prisión Prov. Albacete / Prisión Central de Burgos desde el 16 de agosto de 1940 / Destacamento Penal de Fontioso (Burgos) desde el 7 de julio de 1943 / Trasladado a la Prisión Central de Burgos el día 27 de agosto de 1943 para ser hospitalizado / Reingresó en el Destacamento Penal de Fontioso (Burgos) el 22 de diciembre de 1943 / Prisión Provincial de Burgos desde el 29 de abril de 1944/ Destacamento Penal de Vega de Pas (Santander) desde el 26 de abril de 1944 / Prisión Provincial de Santander desde el 23 de septiembre de 1944 / Colonia Penitenciaria del Dueso (Santoña, Santander) desde el 2 de octubre de 1944/ Reformatorio de Adultos de Ocaña (Toledo) desde el 10 de enero de 1945. Al salir de la cárcel se estableció en Alicante, calle del Carmen número 46
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Observaciones
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Afiliado a la UGT con anterioridad a la Guerra Civil.
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Se celebró el Consejo de Guerra el 15 de enero de 1940, haciéndose firme la sentencia el 28 de mayo del año siguiente. Dejaría extinta la pena el 1 de agosto de 1969. La segunda de las conmutaciones, a 20 años y 1 día, se hizo firme el 2 de noviembre de 1943. En consecuencia, la pena quedaría liquidada el 5 de agosto de 1959. En libertad condicional desde el 13 de junio de 1945. En virtud del decreto de 9 de octubre de 1945, es indultado con fecha de 28 de julio de 1947. Se le concedió la libertad definitiva ese mimso día.