Rodriguez Marmol, Pedro

Ficha

Apellidos y Nombre
Rodriguez Marmol, Pedro
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Pinoso
Pinoso
Provincia de nacimiento
Alicante/Alacant
Profesión
Agricultor
Organizaciones de militancia
UGT
CNT
Tribunal/es juzgador
Plaza de Monóvar (Alicante)
Nº causa/s
2270
Imputación delito
Adhesión a la rebelión
Sentencia
Pena de muerte
Cárcel/cárceles
Colonia Penitenciaria del Dueso
Hospital Penitenciario de Madrid
Prisión Central de Yeserías (Madrid)
Prisión Escuela de Madrid
Años de cárcel cumplidos
4 años, 1 mes, 7 días
Conmutación de pena
Pena tras la conmutación
30 años de reclusión mayor
Indulto
No
Fuentes documentales del proceso
Archivo Militar de Guadalajara. Sección: Muerte, Caja 115, Expediente 9013
Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
“militante de la Sindical U.G.T. desde fecha anterior a la dominación marxitsa, periodo en el que intervino en el incendio de la Iglesia Parroquial y fue miliciano armado a las órdenes del Comité revolucionario del pueblo de Pinoso donde reside. El día que ocurrió el asesinato de las cuatro víctimas de la Algueña, trancitadas, el procesado se prestó voluntariamente a ir a dicho pueblo en un automóvil ocupado por milicianos forasteros que se titulaban “Los hijos de la noche” y llegados al lugar después de intervenir en la detención y custodia de los Sres. aludidos, continuó con milicianos y presos, en dos automóviles uno de ellos de Pinoso, hasta el sitio del crimen, volviendo al pueblo excepto los forasteros, que siguieron a la capital después de cometido el aseisnato. Es de pésimos antecedentes y conducta. Se incorporó al ejército marxista en calidad de voluntario.”
Observaciones
24 años, casado, vecino de Pinoso (Alicante), hijo de pedro y Francisca
Perteneciente a la CNT desde su fundación en Pinoso, miliciano armado en Pinoso desde octubred e 1936 y militante de la UGT desde antes de la dominación marxista
El procesado pide la conmutación en dos ocasiones: la primera el 24 de septiembre de 1940 reduciéndole la pena de muerte a la de 30 años de reclusión mayor; y una segunda vez el 13 de marzo de 1940 con resolución negativa. Además, recibió un abono de 12 años, 10 meses y 27 días de Redención de Penas por el Trabajo. Pide el indulto, rechazado el 30 de abril de 1946
Entrada en prisión el 24 de julio de 1939 y salida el 3 de agosto de 1946